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XIX Convocatoria para la adjudicación de Ayudas a Proyectos de Investigación en Salud 2022

Imagen de un laboratorio

XIX Convocatoria para la adjudicación de Ayudas a Proyectos de Investigación en Salud 2022

Fecha/Hora de publicación:

Tipo de noticia: Tipo de noticiaInvestigación

Ámbito: Estatal

La Fundación Mutua Madrileña presenta la XIX edición de su convocatoria de Ayudas a la Investigación en Salud, a la que podrán concurrir proyectos de investigación clínica que se desarrollen en Institutos de Investigación Sanitaria (IIS) acreditados en las siguientes cinco áreas: “Oncología”, centrada en cáncer de pulmón: nuevas dianas terapéuticas; “Trasplantes”, refiriéndonos exclusivamente a vías de mejora en la donación de órganos para trasplante; “Traumatología y sus secuelas”, tanto traumatológicas como neurológicas; “Enfermedades raras”, limitadas a las que se manifiestan clínicamente durante la infancia y COVID-19.

Se trata de una dotación total de dos millones de euros, con el fin de seguir apoyando proyectos de investigación clínica que se desarrollen en las siguientes cinco áreas: “Oncología”, centrada en cáncer de pulmón: nuevas dianas terapéuticas; “Trasplantes”, refiriéndonos exclusivamente a vías de mejora en la donación de órganos para trasplante; “Traumatología y sus secuelas”, tanto traumatológicas como neurológicas; “Enfermedades raras”, limitadas a las que se manifiestan clínicamente durante la infancia.

En la presente convocatoria, la Fundación Mutua Madrileña, mantiene de manera excepcional y en correspondencia con el actual contexto de pandemia mundial, un área de investigación centrada en la COVID-19, con el fin de apoyar proyectos de investigación clínica dirigidos a combatir esta enfermedad.

En la línea de las anteriores convocatorias, quiere continuar dando mayor relevancia a la investigación clínica de excelencia y por ello mantendrá un año más su apoyo a proyectos que se desarrollen en los Institutos de Investigación Sanitaria acreditados (IIS). Cada Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS) podrá presentar un único proyecto en cada una de las áreas de investigación objeto de esta convocatoria.

Seguiremos fomentando la figura del investigador joven y, por ello, se tendrán especialmente en cuenta los proyectos en los que el investigador principal sea menor de 40 años.

De igual forma, mantenemos la convocatoria de ayudas específica para los médicos del cuadro de profesionales de Adeslas.

Bases

I.- Mediante esta XIX Convocatoria se concederán ayudas a equipos de investigadores con reconocida experiencia, que trabajen en las siguientes áreas de investigación:

Oncología, centrada en cáncer de pulmón, nuevas dianas terapéuticas.
Trasplantes, vías de mejora en la donación de órganos para trasplante.
Traumatología y secuelas, incluidas las neurológicas derivadas de un traumatismo.
Enfermedades raras. Limitadas a las que se manifiestan en la infancia.
La enfermedad COVID-19.
Los proyectos que se presenten a esta convocatoria deberán ser exclusivamente trabajos de investigación clínica, que se desarrollen en Institutos de Investigación Sanitaria acreditados (IIS).

El importe máximo solicitado por proyecto no podrá exceder de 150.000 euros. Se prestará especial atención a aquellos proyectos en los que la Fundación Mutua Madrileña sea la única entidad financiadora de la investigación durante su desarrollo o, en todo caso, la entidad financiadora principal.

En la presente convocatoria la Fundación Mutua Madrileña quiere continuar fomentando la investigación en red y por ello mantenemos la categoría especial de ayudas para incentivar la colaboración en investigación médica entre comunidades autónomas, a la que se destinará un presupuesto de 300.000 euros. Podrán participar Institutos de Investigación Sanitaria acreditados (IIS) pertenecientes a un mínimo de cuatro comunidades autónomas diferentes, en cualquiera de los cinco ámbitos de investigación de la convocatoria general.

En todos los casos, se atenderán de forma preferente los proyectos cuyo investigador principal sea menor de 40 años a la fecha del cierre de la convocatoria. La responsabilidad de este investigador en el proyecto deberá ser avalada por el responsable del grupo y del Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS).

Convocatoria especial para médicos de Adeslas

Dentro de esta convocatoria la Fundación Mutua Madrileña destinará hasta un total de 200.000 euros para la financiación de proyectos de investigación realizados, en cualquier área de investigación clínica, por médicos pertenecientes al cuadro de profesionales de Adeslas, que trabajen en cualquier institución hospitalaria tanto privada como pública.

II.-    Las ayudas están destinadas a proyectos de investigación con una duración mínima de un año y máxima de tres años.

III.- La solicitud para participar en la presente convocatoria se realizará exclusivamente online a través de la página web de la Fundación Mutua Madrileña (www.fundacionmutua.es, sección “Ayudas a la Investigación”), donde encontrarán las instrucciones pormenorizadas para llevarla a cabo y los modelos de solicitud que obligatoriamente se deben utilizar.

Los investigadores, presentarán el proyecto redactado en castellano.

IV.- Todas las solicitudes deberán acompañarse de los siguientes documentos:

Memoria del proyecto, conforme al modelo de solicitud facilitado en la web.
Currículum vitae de cada uno de los miembros del equipo investigador conforme al modelo facilitado en la web.
Un ejemplar de las bases de la presente convocatoria con la firma de aceptación del investigador principal y del director de investigación, si lo hubiese, o del responsable del Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS) donde se va a desarrollar el proyecto conforme al modelo facilitado en la web.
Carta firmada por los responsables del grupo investigador y del centro avalando que el investigador principal que figura en la solicitud de la ayuda es quien de forma efectiva va a liderar el proyecto. Esta certificación es especialmente importante en el caso de que el investigador que vaya a liderar el proyecto sea menor de 40 años.
Informe del Comité de Ética y Ensayos Clínicos / Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos (CEIm) del centro donde se desarrollará el proyecto. Este informe deberá recoger el título del proyecto que tiene que coincidir con el presentado a la convocatoria y además deberá identificar al investigador responsable del proyecto.
En el caso de que el proyecto requiriera el uso de animales de experimentación, será necesario presentar la aprobación del Comité Ético de Bienestar Animal del IIS conforme al Real Decreto 53/2013 de 1 de febrero por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos. En el informe del Comité Ético de Bienestar Animal debe constar una justificación sobre la necesidad de utilizar animales de experimentación para el desarrollo del proyecto y la falta de posibilidades alternativas. Este informe o autorización, deberá recoger el título del proyecto que tiene que coincidir con el presentado a la convocatoria y además deberá identificar al investigador responsable del proyecto.
Documento de comunicación externa.
Fotocopia del NIF (número de identificación fiscal) del investigador principal.
Fotocopia del NIF (número de identificación fiscal) del Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS) que gestionará el proyecto.
Certificado emitido por Adeslas que acredite la pertenencia a su cuadro médico. Este certificado se podrá solicitar en su delegación provincial (solo en los proyectos presentados por especialistas del cuadro médico de Adeslas).
Toda la documentación se deberá incluir en formato electrónico mediante archivo adjunto.

En la memoria del proyecto se incluirá la dotación estimada pormenorizada de la ayuda que se pretende, especificando las ayudas del material inventariable y fungible que ha de utilizarse, indicando si el proyecto constituye una nueva investigación o se trata de la continuación de otro proyecto iniciado anteriormente. En este último caso, deberán expresarse las ayudas recibidas para éste y la entidad de quien recibió la ayuda económica.

En el caso de que el Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS) detraiga alguna cantidad en concepto de costes indirectos, ésta no podrá ser superior al 5% del importe total de la ayuda concedida.

V.-  El plazo de presentación de solicitudes será de las 8:00h del martes 1 de febrero de 2022 a las 15:00h del jueves 3 de marzo de 2022. Solo serán aceptadas las solicitudes realizadas online y en los modelos que figuran actualmente en la web de la Fundación Mutua Madrileña.

VI.- Todas las solicitudes presentadas en el plazo indicado y en los modelos facilitados serán examinadas por el Comité Científico de Investigación de la Fundación, el cual podrá recabar, si lo considera necesario, la opinión de expertos en el tema correspondiente al proyecto de investigación para una mejor evaluación.

Para la selección de los proyectos por el Comité Científico se tendrá especialmente en cuenta la experiencia investigadora del grupo que solicita la ayuda, así como los antecedentes de la investigación que se pretende, los resultados obtenidos por el equipo investigador, objetivos, desarrollo y calidad del proyecto.

VII.- El investigador principal que tenga un proyecto en activo financiado por esta Fundación no podrá obtener financiación para un nuevo proyecto. No se tendrán en cuenta para este cómputo los proyectos que finalicen en el presente ejercicio.

No podrá coincidir un mismo investigador, ya sea investigador principal o asociado, en más de un proyecto presentado a la convocatoria actual.

VIII.- Cada Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS) podrá presentar un único proyecto en cada una de las cinco áreas de investigación objeto de esta convocatoria. Por lo que el máximo de proyectos a presentar por cada centro será de cinco.

El incumplimiento de esta norma por parte de un Instituto de Investigación de Sanitaria sería motivo de exclusión de la convocatoria de todos los proyectos presentados por dicho centro.

IX.- Por aplicación analógica de las normas reguladoras del conflicto de interés de los consejeros de Mutua Madrileña, en los proyectos de investigación en cuyo grupo investigador participe alguna de las personas que se enumeran a continuación, deberá identificarse específicamente tal circunstancia y, en la evaluación, deliberación y votación de la propuesta o acuerdo de otorgamiento, deberá abstenerse de participar la persona afectada:

Los miembros del Consejo de Administración de Mutua Madrileña, del Patronato o del Comité Científico de la Fundación Mutua Madrileña.
El cónyuge de miembros del Consejo de Administración de Mutua Madrileña, del Patronato o del Comité Científico de la Fundación Mutua Madrileña o las personas con análoga relación de afectividad.
Los ascendientes, descendientes y hermanos de los miembros del Consejo de Administración de Mutua Madrileña, del Patronato o del Comité Científico   de la Fundación Mutua Madrileña o del cónyuge de los miembros del Consejo de Administración de Mutua Madrileña o del Patronato o del Comité Científico de la Fundación Mutua Madrileña.
Los cónyuges de los ascendientes, de los descendientes y de los hermanos de los miembros del Consejo de Administración de Mutua Madrileña, del Patronato o del Comité Científico de la Fundación Mutua Madrileña.
X.-  Las solicitudes aprobadas por el Comité Científico serán elevadas al Patronato de la Fundación Mutua Madrileña para su aprobación definitiva o desestimación. La decisión final del Patronato será inapelable y pondrá fin al proceso de selección.

XI.- La Fundación Mutua Madrileña comunicará directamente a los interesados la decisión del Patronato. Los derechos y obligaciones que se deriven del desarrollo del proyecto que resulte adjudicatario de las subvenciones se regularán conforme a las presentes bases.

XII.- Si el importe de la financiación finalmente otorgado para el desarrollo del proyecto fuese menor que el importe solicitado, el investigador principal estará obligado a reajustar la memoria económica a dicho importe.

Las cantidades asignadas en cada anualidad se ingresarán en la entidad bancaria que designe el Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS). Debiendo presentar para tal fin el certificado de titularidad de la cuenta bancaria.

Las ayudas a la investigación otorgadas por la Fundación Mutua Madrileña mediante la presente convocatoria no están sujetas al Impuesto del Valor Añadido, al no concurrir para ellas la totalidad de los requisitos a los que se refiere el artículo 4. Uno de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.

El plazo para la realización del proyecto se iniciará a partir de la fecha del ingreso de la primera anualidad, comprometiéndose el investigador principal a proseguirlo ininterrumpidamente hasta su finalización, sin que ningún compromiso anterior o futuro pueda impedir el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las presentes bases.

El investigador principal se compromete a ejecutar los trabajos de investigación conforme a la memoria científica y económica de su proyecto y en las condiciones estipuladas en las presentes bases, sin cambio en los presupuestos, líneas de estudio o miembros del equipo investigador, así como a realizar la devolución voluntaria del remanente no aplicado.

XIII.- La Fundación Mutua Madrileña financiará, respecto de los proyectos aprobados, la ayuda fijada en la memoria económica para la ejecución del proyecto de la siguiente forma:

-  Proyectos de investigación con duración de 1 año: el 100% de la cuantía económica se liberará al inicio del proyecto.

-  Proyectos de investigación con duración de 2 años: la cuantía económica se liberará en un 50% al inicio del proyecto y un 50% al inicio del segundo año.

-  Proyectos de investigación con duración de 3 años: la cuantía económica se liberará en un 50% al inicio del proyecto, el 25% al inicio del segundo año y el 25% restante al inicio del último año.

En el caso de que exista personal becario en el proyecto de investigación, éstos recibirán la cantidad aprobada en el apartado correspondiente (dividida en mensualidades) al final de cada mes, después de su inicio y durante el tiempo establecido en la memoria económica del proyecto. Podrá imputarse el cien por cien del coste de los becarios o un porcentaje de este, no excediendo el importe máximo establecido (1.500 euros mensuales para un becario predoctoral y 2.700 euros mensuales para un becario posdoctoral) por cada becario incluido en la investigación.

Los aparatos e instrumental adquiridos con la financiación de la FMM, una vez concluido el trabajo de investigación, deberán ser destinados por el centro en que se encuentren a otros trabajos de investigación.

Los pagos de los importes correspondientes a la segunda y tercera anualidad se harán efectivos una vez recibida la memoria anual a la que se refiere el apartado siguiente.

El investigador principal deberá comunicar, si fuera el caso, la obtención de cualquier otra ayuda para financiar el proyecto beneficiario de esta convocatoria. Esta comunicación, deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación anual de la aplicación dada a los fondos percibidos de la Fundación Mutua Madrileña.

XIV.- El equipo investigador deberá enviar anualmente una memoria en la que conste la situación de los trabajos de la investigación aprobada, así como la justificación de los gastos realizados sobre las cantidades presupuestadas y los comprobantes de pago. De manera adicional, se presentará en formato Excel la relación de los gastos imputados a la ayuda, que será soportada por los justificantes de gasto y pago relacionados en el listado.

El investigador principal recibirá el formulario que deberá rellenar para la consecución de lo solicitado.

Al terminar el proyecto se emitirá una memoria final en el plazo de 30 días. Dicha memoria deberá ir precedida de un resumen ejecutivo, redactado de forma didáctica y divulgativa, en la que se destaquen fundamentalmente los logros de la investigación y sus implicaciones para la mejora de los tratamientos médicos.

En la memoria en sí, además de hacerse constar los resultados obtenidos, se señalarán las modificaciones de los objetivos de la investigación enumerados en la solicitud, conclusiones, publicaciones realizadas o trabajos en vías de publicación, así como una memoria económica final explicativa de la distribución de las cantidades aportadas por la Fundación.

El investigador principal enviará una copia (separata) de cada una de las publicaciones realizadas hasta la elaboración de esta memoria sobre el proyecto financiado por la Fundación Mutua Madrileña, y se compromete a seguir haciéndolo en el futuro con siguientes publicaciones al respecto.

En todas las comunicaciones/publicaciones que se realicen durante la financiación del proyecto de investigación y posteriores se deberá hacer constar el patrocinio por parte de la Fundación Mutua Madrileña en la financiación y desarrollo del proyecto.

El investigador principal acepta que la Fundación Mutua Madrileña comunique a los medios de comunicación que estime oportuno, el proyecto y los investigadores participantes que estén siendo objeto de la ayuda de esta convocatoria.

El investigador principal queda obligado a participar en los actos relacionados con este programa de ayudas que organice la Fundación Mutua Madrileña.

El Comité Científico de la Fundación Mutua Madrileña designará entre sus miembros una Comisión de Supervisión que asumirá las responsabilidades relacionadas con el control y seguimiento del desarrollo del proyecto de investigación, y la aplicación de los fondos recibidos de la Fundación para la ejecución del proyecto.

XV.- Las ayudas a la investigación que sean concedidas por la Fundación Mutua Madrileña se realizan en cumplimiento de sus fines estatutarios y no están condicionadas al resultado técnico o económico del proyecto.

No obstante, para reforzar el cumplimiento del objeto y fines de la Fundación Mutua Madrileña, ésta podrá reproducir, distribuir, comunicar y utilizar públicamente el trabajo de investigación realizado a través de los medios de difusión existentes a la firma del presente convenio, para el ámbito mundial y, con la duración máxima prevista en los artículos 26 y siguientes del TR, de la ley de la propiedad intelectual, para la protección de los derechos de autor.

Igualmente, en caso de éxito de la investigación y en el supuesto de que el resultado pueda ser de interés para los fines de esta Fundación, las invenciones y derechos de propiedad industrial que pudieran derivarse estrictamente del trabajo de investigación desarrollado durante el periodo de financiación del proyecto corresponderán a la Fundación Mutua Madrileña, al investigador principal y/o al centro de investigación en proporción a su participación en el proyecto.

Con este fin, la Fundación Mutua Madrileña, el investigador principal y/o el centro de investigación se comprometen con carácter previo a informar de la solicitud del título legal que correspondiese y a suscribir, en su caso de mutuo acuerdo, un documento en el que quede regulado un marco de explotación de los citados resultados donde se tendrá en cuenta en todo momento el interés común y el beneficio general de la sociedad.

XVI.-   La participación en la convocatoria implica necesariamente la aceptación de las presentes bases y del criterio interpretativo de Fundación Mutua Madrileña.

En caso de existir dudas o discrepancias en la interpretación de las presentes bases prevalecerá el criterio de Fundación Mutua Madrileña.

Excepcionalmente y por motivos debidamente justificados, Fundación Mutua Madrileña podrá modificar las presentes bases una vez comenzado el proceso.

Fundación Mutua Madrileña se reserva el derecho de cancelar parcial o totalmente las ayudas si por causas de fuerza mayor, o cualesquiera otras ajenas a su voluntad, fuera necesario. Asimismo, en caso de que estas ayudas no pudieran realizarse, bien por fraudes detectados en la misma, errores técnicos, o cualquier otro motivo que no esté bajo el control del promotor, y que afecte al normal desarrollo de las ayudas, Fundación Mutua Madrileña se reserva el derecho a cancelar, modificar, o suspender la misma sin incurrir en responsabilidad alguna.

Las bases estarán disponibles durante el periodo en el que esté vigente la convocatoria en el site de la Fundación Mutua Madrileña.

El incumplimiento de las obligaciones derivadas de las presentes bases dejará sin efecto la financiación del proyecto por parte de la Fundación Mutua Madrileña, quien también podrá solicitar la devolución de las cantidades abonadas y se guardará todas las actuaciones judiciales que estime oportunas. Esta decisión requerirá una resolución por parte del presidente del Comité Científico, que irá precedida de un informe motivado del experto que supervise el proyecto.

XVII.- Protección de datos:

- RESPONSABLE: Fundación Mutua Madrileña (en adelante FMM). Con domicilio en Paseo de la Castellana, 36-38, 28046 de Madrid.

- DELEGADO DE PROTECCION DE DATOS (DPO): Podrá contactar en la siguiente dirección: Paseo de la Castellana, 33, Madrid 28046 o enviando un correo electrónico a dpo@mutua.es.

- FINALIDADES PARA LAS QUE TRATAREMOS SUS DATOS:

1.  Gestionar su solicitud de ayuda a proyectos de investigación.

Todos los datos que facilite en la solicitud de ayuda a proyectos de investigación, y a lo largo de su relación con nosotros, son necesarios para la formalización y gestión de la ayuda solicitada. Le pedimos que todos los datos que nos facilite estén actualizados para garantizar su veracidad en todo momento, por ello, cualquier modificación de los mismos deberá comunicárnoslo y así responderán en todo momento a su situación real.

En caso de facilitar datos de carácter personal de terceros (curriculum vitae, datos del equipo de investigación, etc.) después de haber informado a dichas personas del contenido íntegro de esta cláusula a dichas personas, en los mismos términos en qué ha sido informado el solicitante, se compromete a obtener el consentimiento expreso de dichas personas con el fin de su uso por parte de FMM, para la realización de los tratamientos previstos en la presente cláusula.

Para garantizar la calidad, seguridad y transparencia en la gestión de su solicitud de ayuda a proyectos de investigación, FMM podrá grabar y archivar las llamadas que se realicen.

La base legal que habilita a FMM para llevar a cabo este tratamiento es:

- Que el tratamiento es necesario para la gestión de su solicitud de ayuda (artículo 6.1.b RGPD).

- El cumplimiento de obligaciones legales, conforme al artículo 6.1.c RGPD.

Atender a su solicitud de participación en la convocatoria de ayudas a proyectos de investigación y la gestión de la ayuda en el supuesto en que resultase concedida cuando se cumplan los requisitos previstos en las bases de participación correspondientes.

2. Ofrecerle información de ulteriores convocatorias de ayudas que pudieran resultar de su interés.

Nos gustaría informarle de nuevas convocatorias de ayudas a la investigación, similares al que ha solicitado, que sean más ajustadas a su perfil, informándole de aquellas que puedan resultarte más interesantes, incluso por medios electrónicos.

Para ello, trataremos los datos que nos facilite y los que obtengamos y resulten del desarrollo y ejecución de la solicitud de ayuda o en su caso de la/las que se le hubiesen concedido, para personalizar y ajustar la información a sus necesidades y preferencias.

La base legal que habilita a FMM para llevar a cabo este tratamiento es:

El interés legítimo de FMM, al amparo del artículo 6.1.f del RGPD, para lo que se ha realizado una ponderación de los derechos fundamentales del interesado (derecho a la protección de datos personales, derecho al honor y a la intimidad personal y familiar) y el propio interés legítimo de FMM, concluyendo que tales derechos no quedan afectados. Consideramos además que, como solicitante o receptor de ayudas a la investigación, tiene una expectativa razonable para que le enviemos información que puede ser de interés para usted, en base a su perfil, sin que con ello se produzca una actuación invasiva de sus derechos e intereses.
En todo momento podrá oponerse al tratamiento de sus datos para esta finalidad, de forma gratuita a través del sistema indicado para el ejercicio de DERECHOS DE PROTECCIÓN DE DATOS referido a continuación. Dicha oposición no conllevará ningún perjuicio para usted.

3. Realizar estudios estadísticos sobre convocatorias anteriores.

Se llevarán a cabo estudios estadísticos con la información facilitada y la que se genere de esta actividad, con el fin de analizar en detalle la actividad de la Fundación respecto de solicitudes y ayudas concedidas y rechazadas.

Para ello, trataremos los datos que nos facilite y los que obtengamos y resulten del desarrollo y ejecución de la solicitud de ayuda o en su caso de la/las que se le hubiesen concedido, para personalizar y ajustar la información a sus necesidades y preferencias.

La base legal que habilita a FMM para llevar a cabo este tratamiento es:

El interés legítimo de FMM, al amparo del artículo 6.1.f del RGPD, para lo que se ha realizado una ponderación de los derechos fundamentales del interesado (derecho a la protección de datos personales, derecho al honor y a la intimidad personal y familiar) y el propio interés legítimo de FMM, concluyendo que tales derechos no quedan afectados. Consideramos además que, como solicitante o receptor de ayudas a la acción social, tiene una expectativa razonable para que se pueda llevar a cabo un análisis estadístico sin que con ello se produzca una actuación invasiva de sus derechos e intereses.
En todo momento podrá oponerse al tratamiento de sus datos para esta finalidad, de forma gratuita a través del sistema indicado para el ejercicio de DERECHOS DE PROTECCIÓN DE DATOS referido a continuación. Dicha oposición no conllevará ningún perjuicio para usted.

- DESTINATARIOS: No se cederán los datos a terceras entidades, salvo obligación legal.

- PLAZO DE CONSERVACIÓN DE LOS DATOS: FMM conservará los datos sin un plazo específico, en aplicación al artículo 5.1 e del RGPD, dado que los datos se recogen con fines de Investigación científica.

Cuando las finalidades sean ofrecer información de otras convocatorias o fines estadísticos, los datos se conservarán hasta que el interesado se oponga a dichos tratamientos.

- CUÁLES SON SUS DERECHOS DE PROTECCIÓN DE DATOS:

Usted podrá obtener la información necesaria para ejercer sus derechos de protección de datos. Por ello usted podrá:

Solicitar el acceso para consultar sus datos personales que constan en los ficheros de FMM.
Solicitar su rectificación para la modificación de sus datos personales.
Solicitar la supresión o Derecho al olvido para suprimir sus datos personales.
Solicitar la oposición y/o decisiones individuales automatizadas para que sus datos no se traten para determinados usos.
Solicitar la limitación de su tratamiento, para la limitar de forma temporal el uso de sus datos en determinados supuestos.
Solicitar la portabilidad de sus datos personales para que sean entregados o transmitidos a otro responsable.
Puede ejercitar estos derechos en cualquier momento, de forma gratuita, acreditando su identidad mediante copia de su DNI o documento equivalente, dirigiéndose por escrito (asunto LOPD, Derechos) a la Unidad de Protección de Datos, Paseo de la Castellana, 33, 28046 Madrid, llamando al teléfono gratuito 900102711 o enviando un correo electrónico a protecciondatos@mutua.es.

Asimismo, y especialmente si considera que no ha obtenido satisfacción plena en el ejercicio de sus derechos, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es)

El envío de los datos supone la aceptación expresa para la realización de los anteriores tratamientos de datos. Es imprescindible rellenar todos los datos requeridos para poder gestionar su solicitud.

Los solicitantes de las Ayudas otorgan su consentimiento expreso y autorizan al amparo de la Ley Orgánica 1/82 de 5 de mayo de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen,  a Fundación Mutua Madrileña a recabar fotografías de dichos solicitantes y la utilización de dichas fotografías en cualquier actividad publicitaria y/o promocional relacionada con las propias ayudas y que lleve a cabo la Fundación Mutua Madrileña.

La Fundación Mutua Madrileña se reserva el derecho a utilizar las fotografías, sin que quede obligada a ello, y siempre con las finalidades indicadas en el presente documento, pudiendo utilizar las fotografías de forma total o parcial, e incluso proceder a la modificación o adaptación de la misma. Los derechos transferidos por tanto a la Fundación Mutua Madrileña sobre las fotografías serán todos los derechos de explotación imprescindibles para la realización y comunicación en cualquier actividad publicitaria y/o promocional de las ayudas.

Esta autorización se realiza de forma totalmente gratuita, sin que ningún solicitante de las ayudas tenga nada que reclamar a Fundación Mutua Madrileña como consecuencia de la presente autorización, y renuncia de forma expresa a través de la aceptación de las presentes bases, a cualquier reclamación posterior, judicial o extrajudicial, frente a Fundación Mutua Madrileña, por el uso de dichas imágenes de conformidad, y con las finalidades recogidas en el presente documento.

Los datos que se recaben de dichas imágenes serán incorporados en un fichero, responsabilidad Fundación Mutua Madrileña con domicilio en Paseo de la Castellana, 36-38, 28046 Madrid, con la exclusiva finalidad de la utilización del contenido de las fotografías para las finalidades anteriormente descritas.

Por último, los solicitantes de las ayudas se comprometen a cooperar en la promoción de las ayudas a través de su colaboración con las distintas acciones de comunicación que la Fundación Mutua Madrileña quiera llevar a cabo con tal fin (entrevistas en medios de comunicación, presencia en redes sociales, etc.).

XVIII.- El domicilio a efectos de comunicaciones, tanto para el investigador principal como para el Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS), será el que figure en la solicitud, y para la Fundación Mutua Madrileña será el de su sede social, Paseo de la Castellana, 36-38, 28046 Madrid. En caso de modificación del mismo, habrá de comunicarse a la otra parte por escrito fehaciente o bien por carta con acuse de recibo.

Para más información, pincha este enlace.


 

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