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Federación española de enfermedades raras

El Tribunal Supremo anula varios artículos del RD de las ayudas de la Talidomida.

AVITE

El Tribunal Supremo anula varios artículos del RD de las ayudas de la Talidomida.

Fecha/Hora de publicación:

Autor: Entidad Externa

Tipo de noticia: Tipo de noticiaIncidencia política

Ámbito: Estatal

Asociación de Víctimas de Talidomida de España -AVITE

El Tribunal Supremo ha dado la razón a AVITE tras una lucha de 20 años. La Sentencia nº1120/2024, la más alta instancia jurídica del Estado de derecho reconoce a las Víctimas españolas de la Talidomida y amplía la posibilidad de ayudas a un número mucho mayor de personas que las 130 inicialmente reconocidas por el Comité Científico Técnico de la Talidomida (CCTT) nombrado por el Ministerio de Sanidad.

El Tribunal Supremo ha anulado los artículos 2 c); 6.1.h; y 8.2, considerando válidas las resoluciones administrativas firmes que ya tenían muchos de los solicitantes. Argumenta que la Administración no puede sostener posiciones contradictorias.

Con esta sentencia, se podrían incorporar a la lista de Víctimas de Talidomida en España un número indeterminado, pero significativo de personas, respaldando el criterio que AVITE ha defendido durante los últimos 10 años y que ha sido ignorado por los Gobiernos. Esto supone un gran éxito para el trabajo asociativo y una importante advertencia para las autoridades sobre la necesidad de proteger los derechos de los ciudadanos, especialmente de los colectivos más desfavorecidos.

Se abre un nuevo camino, que, aunque complicado, es optimista para las Víctimas Españolas de la Talidomida bajo el amparo de AVITE.

Consideraciones Jurídicas

Por sentencia del Tribunal Supremo de 25 de junio de 2024, notificada el 27, se estima la demanda de AVITE y se anulan determinados artículos del RD 574/23.

En respuesta a la lucha de más de 20 años de AVITE, en julio pasado, y tras cinco años de retraso, se promulgó el RD 574/2023 para ordenar el pago de determinadas ayudas a los afectados de la Talidomida en España. Esta norma, sin embargo, era contraria a derecho, a la Ley 6/2018 que desarrollaba y a los intereses de los socios de AVITE, ya que ciertos artículos limitaban el acceso a las ayudas a aquellos afectados que disponían de un certificado de enfermedades raras expedido en virtud del informe positivo del Comité Científico Técnico de la Talidomida del Instituto de la Salud Carlos III. El problema residía en que los informes negativos de ese comité no podían ser recurridos por los socios injustamente excluidos y en la contradicción de que el propio Estado reconociera a muchos socios de AVITE como afectados por la Talidomida en resoluciones administrativas anteriores, pero les negara la ayuda basada en esos informes negativos.

La STS ha estimado lo pedido por AVITE, declarando nulos los artículos contrarios a derecho y, con ello, corrigiendo la inconsistencia de que el mismo Estado resolviera que una persona era afectada y a la vez no lo era por la Talidomida. En la práctica, esto permitirá que las ayudas se extiendan a muchos más afectados, miembros de AVITE, ayudándoles a afrontar su difícil situación.

AVITE solicita al Gobierno que tome medidas para asegurar el bienestar del colectivo afectado, aplicando la sentencia de oficio a todos los casos. Esto evitará que los afectados tengan que recurrir a largos procedimientos judiciales, garantizando que las ayudas lleguen de manera oportuna y cumplan su propósito de apoyo.

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