La Fundación Poco Frecuente presenta una Convocatoria de Ayudas a familias con ER afectadas por el COVID-19
Fecha/Hora de publicación:
Ámbito: Estatal
La Fundación Poco Frecuente presenta una Convocatoria de Ayudas a familias con una Enfermedad Rara o Poco frecuente afectadas de manera directa o indirecta por el COVID-19 con el objetivo de apoyar y ofrecer ayudas directas y de emergencia a colectivos tan vulnerables como puede ser una ENFERMEDAD POCO FRECUENTE que además se agrava por la crisis del COVID19 (cobertura de necesidades básicas, apoyo a la atención o gestión sanitaria, material sanitario, apoyo psicológico y social, etc.)"
• REQUISITOS A CUMPLIR"
Podrán solicitar estas ayudas todas estas familias o entidades que cumplan los siguientes requisitos:"
<ul>
<li>Familias donde uno de sus miembros posee una enfermedad rara</li>
<li>Entidades o asociaciones donde alguno de sus fines expresos, según sus estatutos, sea la realización de actividades orientadas a los enfermos con Enfermedades Raras</li>
<li>Estar al corriente del pago en las obligaciones fiscales y laborales</li>
<li>Que las familias y entidades solicitantes se encuentren actualmente viviendo o desarrollando su actividad dentro de la provincia de Almería.</li>
</ul>
• TIPOLOGÍA DE LAS AYUDASLas ayudas que se concedan en el marco de esta Convocatoria de Ayudas de la Fundación Poco Frecuente se ceñirán exclusivamente a las siguientes consideraciones:"
Solo se aceptarán proyectos que tengan como fin la ayuda directa y de emergencia a las familias o asociaciones descritos en el punto anterior afectados por la crisis del COVID19 en la provincia de Almería</p><p>
Las ayudas estarán destinadas a dar cobertura a:"
<ul>
<li>Necesidades básicas (alimentación, salud, higiene…)</li>
<li>Apoyo a la atención sanitaria (apoyo médico o sanitario, adquisición o distribución de material sanitario...)</li>
<li>Apoyo a la atención psicológica y social</li>
</ul>
Los proyectos deben ser viables y deben poder ejecutarse íntegramente de forma inmediata tras la resolución de las Ayudas. Solamente se puede presentar un proyecto por familia o asociación.2"
No se admitirán proyectos que, a juicio de la Fundación poco Frecuente, tengan fines diferentes de los anteriormente expuestos o no se ajusten a las consideraciones expuestas. Tampoco se admitirán los proyectos que tengan como fin atender los gastos corrientes de mantenimiento y funcionamiento de la entidad o asociación</p><p>
• DOTACIÓN ECONOMICA"
La dotación económica de la presente convocatoria será del beneficio total recaudado en LA CARRERA VIRTUAL SOLIDARIA “POCO FRECUENTE” (que se celebrará entre el 6 y el 16 de Mayo de 2020) con ayuda del GRUPO NEXA, además de las ayudas y subvenciones solicitadas durante este tiempo para la misma finalidad</p><p>
La Fundación Poco Frecuente está obligada a repartir íntegramente todo el dinero recaudado según el apartado anterior, de acuerdo con la valoración de los proyectos y sus solicitudes económicas</p><p>
Para valorar la dotación económica para cada proyecto se valorará según los proyectos recibidos hasta el 16 de mayo de 2020 y según el dinero recibido se ponderará en cada proyecto según criterio discrecional de la Fundación Poco Frecuente y en función de las características de cada proyecto solicitado</p><p>
• CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE CADA SOLICITUD"
Las solicitudes serán evaluadas teniendo en cuenta principalmente lo siguiente:En qué medida contribuyen a cubrir necesidades directas y de emergencia de familias con alguna enfermedad poco frecuente en el marco de la crisis generada por el COVID19 en la provincia de Almería</p><p>
Detalle del alcance esperado con el presupuesto planteado (número de beneficiarios previsto, número de actividades, etc.)"
Detalle de a qué va a ir exactamente destinada la cantidad económica solicitada</p><p>
Que se haya cumplimentado y enviado correctamente toda la documentación e información solicitada (no se aceptarán documentos incompletos)</p><p>
• PROCESO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES"
La presentación de la solicitud se hará exclusivamente on-line, a través del email de la Fundación Poco Frecuente (<a href="mailto:fundacion@pocofrecuente.com">fundacion@pocofrecuente.com</a>).´"
Puede consultar en el ANEXO de este documento el formulario que le solicitaremos para la solicitud de esta ayuda</p><p>
El proceso para formalizar la solicitud a través del correo electrónico de la Fundación Poco Frecuente (<a href="mailto:fundacion@pocofrecuente.com">fundacion@pocofrecuente.com</a>) se iniciará cumplimentando el formulario que seadjunta como ANEXO a este documento</p><p>
Adjuntar copia del NIF de la entidad o de la persona solicitante de la ayuda</p><p>
La documentación requerida debe de adjuntarse en alguno de los siguientes formatos electrónicos: PDF (formato de documento portátil), JPEG (formato de imagen), JPG (formato de3 imagen), PNG (formato de imagen), DOC (documento de Word), DOCX (documento de Word), XLS (formato de Excel), o XLSX (formato de Excel)</p><p>
Además, esta documentación adjunta no debe superar los 10MB por cada fichero, permitiéndose 1 sólo fichero por documento</p><p>
Una vez finalizado el proceso de presentación de la solicitud ésta quedará registrada con un número. Se deberá conservar este número para cualquier consulta al respecto</p><p>
El plazo de presentación de solicitudes quedará abierto desde el 29 de abril de 2020 hasta las 15:00 h del 16 de mayo de 2020</p><p>
La Fundación Poco Frecuente podrá requerir información y documentación complementaria que considere de interés para evaluar el proyecto. Esta documentación deberá ser presentada en unplazo no superior a 3 días hábiles desde la fecha en que sea requerida</p><p>
Las solicitudes incompletas o que no se ajusten a las bases de esta convocatoria, quedarán excluidas de la presente convocatoria</p><p>
Sólo se aceptarán proyectos presentados dentro del plazo establecido. Si alguno de los documentos solicitados a la entidad no se presenta en el plazo establecido, no se aceptará posteriormente</p><p>
• RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA"
La decisión sobre la selección de los proyectos estará a cargo del equipo directivo de la Fundación Poco Frecuente</p><p>
La resolución de cada solicitud se comunicará a través de correo electrónico a cada una de las familias y entidades solicitantes una vez hayan podido ser analizadas todas las solicitudes</p><p>
Contra la resolución acordada por el patronato de la Fundación Poco Frecuente no cabrá recurso alguno. Adicionalmente, la página web de la Fundación publicará los proyectos y entidadesreceptoras de las ayudas</p><p>
Para cualquier duda o consulta puede contactar con los coordinadores de la convocatoria en el mail <a href="mailto:fundacion@pocofrecuente.com">fundacion@pocofrecuente.com</a>"
• FORMALIZACIÓN DE LAS AYUDAS"
Los derechos y obligaciones que se deriven del desarrollo de los proyectos que resulten adjudicatarios de las ayudas, se regularán conforme a las presentes bases</p><p>
La cantidad asignada se ingresará en la cuenta bancaria de la familia o entidad que solicite la ayuda</p><p>
La aportación finalmente concedida se desembolsará al 100% al inicio del proyecto o ayuda solicitada una vez ratificada la resolución de la convocatoria</p><p>
• CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PROYECTO (AYUDA CONCEDIDA)"
La ayuda concedida deberá ejecutarse íntegramente y de forma inmediatamente a partir de la fecha del ingreso de cantidad subvencionada, comprometiéndose la familia o entidad a proseguirlo ininterrumpidamente hasta su finalización, sin que ningún compromiso anterior o futuro pueda impedir el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las presentes bases</p><p>
La familia o entidad deberá enviar a Fundación Poco Frecuente durante el mes siguiente tras la ejecución del proyecto un reporte en el que conste la situación del proyecto aprobado definiendo las actividades realizadas, los resultados obtenidos, diferencias con los objetivos enumerados en la solicitud, conclusiones, así como una memoria económica final explicativa de la distribución de las cantidades aportadas por la Fundación</p><p>
La Fundación Poco Frecuente podrá solicitar, si lo considera oportuno, que esta memoria incluya la justificación de los gastos mediante la presentación de copia de las facturas y recibos de los gastos realizados</p><p>
La Fundación Poco Frecuente podrá solicitar en cualquier momento la información técnica y económica que estime oportuna para completar, verificar o controlar la ejecución del proyecto</p><p>
Asimismo, en caso de incumplimiento, gestión inadecuada o no presentación del reporte y justificación de los gastos realizados, la Fundación poco Frecuente podrá dejar sin efecto la aportación del proyecto, solicitar la devolución de las cantidades abonadas y se guardará todas las actuaciones judiciales que estime oportunas</p><p>
• ACEPTACIÓN DE LAS BASES"
La participación en la convocatoria implica necesariamente la aceptación de las presentes bases y del criterio interpretativo de FUNDACION POCO FRECUENTE</p><p>
El incumplimiento de alguno de los puntos de las bases dará lugar a la exclusión de la familia o entidad participante</p><p>
En caso de existir dudas o discrepancias en la interpretación de las presentes bases prevalecerá el criterio de FUNDACION POCO FRECUENTE</p><p>
Excepcionalmente y por motivos debidamente justificados, FUNDACION POCO FRECUENTE podrá modificar las presentes bases una vez comenzado el proceso</p><p>
FUNDACION POCO FRECUENTE se reserva el derecho de cancelar parcial o totalmente las ayudas si por causas de fuerza mayor, o cualesquiera otras ajenas a su voluntad, fuera necesario</p><p>
Asimismo, en caso de que estas ayudas no pudieran realizarse, bien por fraudes detectados en la misma, errores técnicos, o cualquier otro motivo que no esté bajo el control del promotor, y que afecte al normal desarrollo de las ayudas, FUNDACION POCO FRECUENTE se reserva el derecho a cancelar, modificar, o suspender la misma sin incurrir en responsabilidad alguna</p><p>
El incumplimiento de las obligaciones derivadas de las presentes bases dejará sin efecto la financiación o aportación del proyecto por parte de la Fundación Poco Frecuente, quien también podrá solicitar la devolución de las cantidades abonadas y se guardará todas las actuaciones judiciales que estime oportunas</p><p>
• DISPOSICIONES GENERALES"
La Fundación Poco Frecuente no se responsabiliza de ninguna reclamación o consecuencia adversa que pudiera generarse de forma directa o indirecta a la ejecución del proyecto, pudiendo emprender las acciones legales oportunas en caso de verse afectada por las mismas</p><p>
La Fundación Poco Frecuente no asume ningún tipo de responsabilidad por la gestión que la familia o entidad beneficiaria realice de la ayuda entregada, ni por los actos y servicios prestados por esta y que se destinen a la organización, ejecución y desarrollo del proyecto</p><p>
No obstante, con el objeto de reforzar el cumplimiento del objeto y fines de la Fundación Poco Frecuente, ésta podrá reproducir, distribuir y comunicar públicamente la información sobre el proyecto en cualquiera de sus fases en las modalidades de utilización o medios de difusión existentes al tiempo de la firma de las presentes bases, para el ámbito mundial</p><p>
Fundación Poco Frecuente podrá utilizar la documentación del proyecto, las imágenes facilitadas por la familia o entidad para ilustrar el proyecto, en sus comunicaciones a terceros por cualquier medio, publicaciones, artículos o actividades institucionales, al objeto de difundir información sobre esta Convocatorias de Ayudas a Proyectos a Familias Poco Frecuentes con necesidad de atención a la emergencia generada por el COVID19 en la provincia de Almería</p><p>
Última actualización 05/05/2020"